Micelio
Auto27 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante De Oficio·Demandado Jacobo

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Factor Institucional-La Justicia Tradicional No Ofrece Garantías Suficientes Que Permitan Asegurar Los Derechos De La Víctima Que, En Este Caso, Es Una Niña Presuntamente Víctima De Violencia Sexual.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado de Conocimiento y la Jurisdicción Especial Indígena, Cabildo Indígena Verde, causado por una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, posible miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado en concurso heterogéneo con violencia intrafamiliar agravada.

Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos jurisprudenciales para asignar competencia.

El elemento personal está acreditado.

Se advierte que el imputado es miembro de la comunidad.

El elemento territorial está acreditado, los hechos objeto de la controversia presuntamente sucedieron en la ciudad de Pueblo Bueno lugar donde la comunidad ha extendido el ejercicio de su cultura y tradiciones.

El elemento objetivo no es determinante porque los bienes jurídicos comprometidos son relevantes tanto para la sociedad mayoritaria como para la comunidad indígena.

El elemento institucional no está acreditad.

Se evidencian autoridades tradicionales de la Comunidades y un procedimiento de derecho propio.

Su reglamento denota poder coercitivo y un concepto genérico de nocividad social, las normas procesales acreditan garantías de debido proceso para el enjuiciado.

Sin embargo, las sanciones, y los mecanismos para reparar y evitar la revictimización no responden a las particularidades que revisten los casos de violencia sexual; no cuenta con instituciones, normas o instrumentos para brindar la atención necesaria, ni certeza sobre la garantía que ofrece su institucionalidad para los intereses y derechos de las víctimas de delitos sexuales.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicción entre el Juzgado de Conocimiento y el Cabildo Indígena Verde, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado de Conocimiento es la autoridad competente para conocer del proceso penal llevado en contra de Jacobo por la presunta comisión de los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado en concurso heterogéneo con violencia intrafamiliar agravada.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5543 al Juzgado de Conocimiento, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades del Cabildo Indígena Verde, así como al representante de la víctima y demás intervinientes dentro del proceso.
  3. Tercero. REQUERIR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, brinden acompañamiento integral a la niña involucrada en este asunto, así como a sus familiares. Lo anterior, con el propósito de garantizar la plena vigencia de sus derechos fundamentales en el marco de sus competencias.
  4. Cuarto. Al involucrar la actuación a víctimas y partes con pertenencia a colectividades culturales diferenciadas, ADVERTIR al Juzgado de Conocimiento la necesidad de implementar un enfoque étnico en el trámite de la actuación judicial, incluido mecanismos de diálogo intercultural.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.